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Historia clínica + facturación + agendamiento en la nube
La facturación en salud es el proceso por el que una IPS o un profesional independiente cobra los servicios que prestó, uniendo la factura electrónica de la DIAN con los RIPS que exige el Ministerio de Salud. Sin RIPS válidos y soportes completos, la cuenta se glosa o se devuelve y el pago se retrasa.
La facturación en salud es el conjunto de pasos que convierten una atención prestada en un cobro válido ante la EPS o la entidad responsable del pago. A diferencia de una factura común, la factura de servicios de salud debe cumplir a la vez dos mundos: el tributario, ante la DIAN, y el sanitario, ante el Ministerio de Salud.
Por eso una factura en salud no viaja sola. Va acompañada de los RIPS (el detalle asistencial de cada servicio) y de los soportes de la cuenta. La Factura Electrónica de Venta (FEV) y los RIPS son las dos piezas que el pagador revisa antes de aceptar el cobro.
Debe facturar en salud todo prestador que cobre por una atención: IPS públicas y privadas, clínicas, hospitales, laboratorios y el profesional de salud independiente. La obligación de emitir factura electrónica es de la DIAN y aplica a quien preste el servicio, sea a una EPS, a una aseguradora o directamente al paciente.
Si tienes dudas sobre en qué casos aplica la factura electrónica y desde cuándo, revisa la guía de obligados a facturar electrónicamente en salud.
Facturar en salud en Colombia implica cumplir a la vez con la DIAN y con el Ministerio de Salud. El proceso, paso a paso, es:
Cuando la historia clínica, los RIPS y la factura viven en la misma plataforma, facturar deja de ser un proceso de días y pasa a ser cuestión de minutos.
Dos normas marcan hoy la facturación en salud. Por el lado sanitario, la Resolución 948 de 2026 del Ministerio de Salud rige los RIPS y el mecanismo FEV-RIPS, y reemplazó a la 2275 de 2023. Por el lado tributario, la Resolución Única DIAN 000227 de 2025 consolida y actualiza las reglas de la factura electrónica vigentes para 2026.
En la práctica, esto significa que la factura y los RIPS deben ser coherentes entre sí y quedar validados antes de radicar. La normativa fija las reglas; el software ayuda a cumplirlas al generar los RIPS, armar la FEV y verificar la consistencia antes del envío.
Buena parte de las devoluciones no vienen de la atención sino de la cuenta mal armada. Los errores más comunes al facturar en salud son:
Cada uno de estos genera una glosa. Si quieres entender cómo se clasifican y cómo responderlas, revisa la guía de causales de glosas médicas. Validar la cuenta antes de radicar ayuda a reducir estas devoluciones.
Medifolios integra la facturación en salud dentro del mismo sistema donde vive la historia clínica. Al registrar la atención, el módulo de facturación genera los RIPS y arma la FEV con los soportes de la Resolución 948 de 2026, sin digitar dos veces la información. Automatiza gran parte del proceso, de forma más simple para el equipo administrativo.
El software no factura por ti ni reemplaza al facturador: le ahorra la digitación repetitiva y le ayuda a que la cuenta salga completa a la primera. La decisión y la revisión siguen siendo del equipo.
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Es el proceso por el que una IPS o un profesional independiente cobra los servicios de salud prestados, uniendo la factura electrónica de la DIAN con los RIPS del Ministerio de Salud. La factura y los RIPS viajan juntos al pagador y deben ser coherentes entre sí para que la cuenta no se glose.
Se registra la atención en la historia clínica, se generan los RIPS en JSON, se emite la factura electrónica con CUFE ante la DIAN, se validan los RIPS y se arman los soportes según la Resolución 948 de 2026, y se radica ante el pagador. Con un software integrado, todo ocurre desde una sola plataforma.
Debe facturar todo prestador que cobre una atención: IPS públicas y privadas, clínicas, hospitales, laboratorios y profesionales independientes. La obligación de emitir factura electrónica es de la DIAN y aplica sin importar si se cobra a una EPS, a una aseguradora o al paciente.
Historia clínica de la atención, RIPS correctos, factura electrónica con CUFE, y los soportes de la Resolución 948 de 2026 (autorización, documento del paciente, anexos). Sin RIPS válidos y soportes completos, la cuenta es glosada o devuelta.