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Historia clínica + facturación + agendamiento en la nube
El SIIFA es el Sistema Integral de Información Financiera y Asistencial del Ministerio de Salud y Protección Social: el canal oficial donde se registran los contratos, la radicación de facturas en salud, las devoluciones, las glosas, las respuestas y los pagos del sistema. Lo estructuró la Resolución 1962 de 2025 y opera por módulos, con entrada gradual.
Actualizado: septiembre de 2026. Escrito para el área de facturación y cuentas médicas del prestador, con base en el texto de la Resolución 1962 de 2025 (expedida el 23 de septiembre de 2025, Diario Oficial No. 53.274 del 15 de octubre de 2025). Guía informativa: no reemplaza la lectura de la norma ni de los manuales del Ministerio.
El nombre importa porque circula mal escrito: SIIFA es la sigla de Sistema Integral de Información Financiera y Asistencial. La Resolución 1962 de 2025 lo describe como "un mecanismo de trazabilidad de la información financiera para agilizar su transmisión y evaluación, acelerar el flujo de recursos y permitir la transparencia en las transacciones entre las entidades que sean agentes del sector salud", dispuesto por el Ministerio a través de un portal de registro electrónico y transaccional.
El artículo 2 define su alcance sin rodeos. El SIIFA constituye el canal oficial del registro de:
Y una precisión del mismo artículo que evita la confusión más común: el SIIFA "operará como un canal paralelo a los que en la actualidad se utilizan para intercambiar información del sector salud". No llegó a reemplazar de un día para otro los portales de cada EPS ni el mecanismo de validación de RIPS: llegó a consolidar en un solo sitio la información que hoy vive dispersa.
El artículo 5 organiza el sistema en módulos, cada uno con su manual funcional y su manual técnico de interoperabilidad:
El artículo 3 reparte responsabilidades entre cuatro tipos de agente. Vale la pena leerlo con atención, porque desmonta el malentendido de que "el prestador carga todo":
Lo que le toca al prestador, resumido: el contrato lo carga la EPS; el prestador lo acepta o lo rechaza dentro del plazo. Y responde devoluciones y glosas. El contrato en PDF no se adjunta: se registran sus datos estructurados. El paso a paso operativo, con roles y accesos, está en cómo obtener el CUCON en SIIFA.
No hay credenciales nuevas ni un registro aparte. El artículo 7 lo ata a la autenticación existente del Ministerio: el acceso al SIIFA "estará sujeto al cumplimiento de los procedimientos de autenticación establecidos en el Sistema Integral de la Protección Social - SISPRO o en la plataforma que lo modifique, o sustituya". Si el SISPRO ya es tu puerta de entrada a otros trámites del Ministerio, es la misma. El parágrafo agrega que hay esquemas de autorización por roles de usuario, para que cada persona vea y registre según su perfil y competencias.
El detalle de la información a registrar no está en la resolución sino en los manuales publicados en el micrositio del SIIFA en la página del Ministerio, que se actualizan conforme avanza cada módulo. Es la fuente que hay que revisar antes de cada corte.
El artículo 8 fija la periodicidad del reporte módulo por módulo. Estos son los términos que golpean directamente la operación del área de facturación:
El numeral 8.1.3 de la resolución es el que conecta el SIIFA con la facturación diaria: "El registro del contrato en el SIIFA se formaliza con la asignación desde esta plataforma del Código Único de Contrato (CUCON), que deberá ser informado obligatoriamente en la factura electrónica de venta para su validación en el Mecanismo Único de Validación FEV_RIPS".
Esa es la cadena completa: contrato registrado en SIIFA, contrato aceptado, CUCON asignado, CUCON informado en la factura, factura validada, cuenta radicable. Si el eslabón del contrato no está, la factura no valida. Las reglas de validación de ese archivo son las de la Resolución 948 de 2026. El detalle conceptual del código está en qué es el CUCON y el trámite operativo en cómo obtenerlo.
El módulo de seguimiento a pagos es el que le interesa al área de cartera. La resolución le exige a la ADRES disponer en el SIIFA, mediante mecanismos de interoperabilidad, la información de los pagos o giros directos realizados, indicando la factura electrónica a la que se vinculan y la cuenta bancaria destinataria, a más tardar dentro de los cinco días hábiles siguientes.
Ese detalle cambia la naturaleza del dato: hasta ahora el giro directo de la ADRES se consultaba como cifra agregada por prestador y período. Amarrado a la factura, se vuelve conciliable contra la cartera, uno a uno.
El artículo 9 define una implementación gradual y progresiva, en dos fases, cada una con una etapa de sensibilización y pruebas y una etapa de inicio de operación (que es cuando el reporte se vuelve obligatorio y exigible). Los pagadores se dividen en dos grupos, y al prestador le aplica el cronograma del grupo al que pertenezca su pagador, o en ausencia de contrato, el del pagador objeto de cobro.
| Fase | Grupo | Módulo | Inicio de operación |
|---|---|---|---|
| I. Funcionalidades básicas | 1 | Registro de contratación | diciembre 2025 |
| FEV-RIPS | febrero 2026 | ||
| Seguimiento a FEV | marzo 2026 | ||
| Seguimiento a pagos | abril 2026 | ||
| 2 | Registro de contratación | mayo 2026 | |
| FEV-RIPS | junio 2026 | ||
| Seguimiento a FEV | julio 2026 | ||
| Seguimiento a pagos | agosto 2026 | ||
| II. Estabilización y funcionalidades complementarias | 1 y 2 | Registro de contratación | octubre 2026 |
| FEV-RIPS | octubre 2026 | ||
| Seguimiento a FEV | noviembre 2026 | ||
| Seguimiento a pagos | 1 de diciembre 2026 |
Grupo 1: EPS Sura, Salud Total EPS S.A., Compensar EPS, Comfenalco Valle, Aliansalud EPS, Salud Mía, Mutual Ser, Capital Salud EPS, Mallamas EPSI, EPS Familiar de Colombia, Asociación Indígena del Cauca EPSI, Anas Wayuu EPSI, Comfaoriente, Comfachocó, Pijaos Salud EPSI y EPS Sanitas.
Grupo 2: Nueva EPS, Coosalud, Famisanar, Emssanar E.S.S., Savia Salud EPS, Asmetsalud, Servicio Occidental de Salud (EPS SOS), Dusakawí EPSI, Capresoca, Cajacopi, Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, Empresas Públicas de Medellín, entidades territoriales, administradoras de riesgos laborales, régimen de excepción y especial, Fondo Nacional de Personas Privadas de la Libertad, aseguradoras autorizadas para operar el SOAT, ADRES y planes voluntarios de salud. La resolución añade que una nueva entidad responsable de pago que se autorice se integra al Grupo 2.
El SIIFA es una plataforma del Ministerio: el registro y la aceptación de contratos ocurren allí, con las credenciales de SISPRO del prestador. Lo que hace Medifolios es el lado propio de la IPS, para que lo que se reporta salga consistente.
El módulo de RIPS genera los archivos para el mecanismo único de validación FEV-RIPS; el módulo de facturación electrónica emite la factura de venta en salud con el código de contrato asociado al convenio; y el módulo de gestión de glosas deja registrada la respuesta a devoluciones y glosas con su causal, su valor y su factura, que es exactamente la información que el SIIFA pide transmitir. El software ayuda a cumplir los términos, pero el registro ante el Ministerio y la decisión de aceptar o rechazar un contrato siguen siendo del prestador. Si quieres validar cómo te está saliendo hoy un archivo, el validador de RIPS es gratuito.
Contratos, facturación y glosas con la misma información, sin planillas paralelas.
El SIIFA es el Sistema Integral de Información Financiera y Asistencial del Ministerio de Salud y Protección Social, estructurado por la Resolución 1962 de 2025. Es el canal oficial donde se registran los contratos entre pagadores y prestadores, la radicación de facturas en salud, las devoluciones, las glosas, las respuestas del prestador, la aceptación y el registro de anticipos y pagos de cada factura electrónica de venta en salud. Opera como un portal de registro electrónico y transaccional, paralelo a los canales que ya se usan en el sector.
Cuatro tipos de agente, con roles distintos. Las entidades responsables de pago y demás pagadores registran los acuerdos de voluntades y transmiten radicación, auditoría y pagos. Los prestadores de servicios de salud y los proveedores de tecnologías en salud verifican y registran la aceptación de los contratos que cargó el pagador, y transmiten las respuestas a devoluciones y glosas. La ADRES transmite radicación, auditoría y pagos a su cargo, y dispone la información de las transferencias hechas por giro directo. La Superintendencia Nacional de Salud accede a la información para inspección, vigilancia y control.
Cinco días hábiles contados desde el registro que hace la entidad responsable de pago, que debe informarle al prestador de ese registro. En ese término se acepta o se rechaza la información registrada. Si el prestador rechaza, la entidad contratante tiene cinco días hábiles desde el registro del rechazo para hacer los ajustes; si el rechazo se reitera, la parte inconforme debe poner la situación en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud.
Con la autenticación del SISPRO. El artículo 7 de la Resolución 1962 de 2025 sujeta el acceso al SIIFA a los procedimientos de autenticación establecidos en el Sistema Integral de la Protección Social o en la plataforma que lo modifique o sustituya, con los protocolos de seguridad informática del Ministerio. Hay esquemas de autorización por roles de usuario, de modo que cada perfil accede, consulta y registra según sus competencias y responsabilidades.
El CUCON se genera en el SIIFA. El numeral 8.1.3 de la Resolución 1962 de 2025 establece que el registro del contrato en el SIIFA se formaliza con la asignación desde esa plataforma del Código Único de Contrato, que debe informarse obligatoriamente en la factura electrónica de venta para su validación en el Mecanismo Único de Validación FEV-RIPS. Sin contrato registrado y aceptado no hay CUCON, y sin CUCON la factura no supera la validación.
Depende del módulo y del grupo al que pertenezca la entidad responsable de pago con la que se tiene el contrato. La Resolución 1962 de 2025 estructura la implementación en dos fases con etapas de sensibilización y pruebas seguidas de inicio de operación. Para el Grupo 1, la operación de la Fase I arrancó entre diciembre de 2025 y abril de 2026 según el módulo; para el Grupo 2, entre mayo y agosto de 2026. La Fase II de estabilización, común a los dos grupos, va de octubre a diciembre de 2026, con el módulo de seguimiento a pagos iniciando operación el 1 de diciembre de 2026.