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Normatividad

Qué es MIPRES y cómo funciona la prescripción No-PBS

29/07/2026  |  10 min de lectura  |  Jorge Andrés Delgado Medina
MIPRES es el aplicativo del MinSalud para prescribir tecnologías en salud No-PBS. Qué es, quién prescribe, el flujo paso a paso y la reforma que viene en 2026.

Si eres médico, odontólogo, optómetra o profesional de nutrición en Colombia y necesitas formular algo que no está financiado con la UPC, tarde o temprano te topas con MIPRES. Y aquí empieza la pregunta más común: qué es MIPRES exactamente, quién puede prescribir en él y cómo se hace, paso a paso, sin frustrarse con una plataforma que explica poco. Esta guía resuelve justamente eso, con la información verificada del Manual oficial del Ministerio de Salud.

Importa por una razón práctica: si la prescripción No-PBS no queda bien hecha, el paciente no accede al servicio y aparecen reprocesos que te devuelven el trabajo. En las próximas secciones verás qué es MIPRES, quién prescribe, el flujo de prescripción paso a paso, qué se prescribe, cómo se conecta con tus RIPS y la facturación, y qué podría cambiar con la reforma que el MinSalud propone para 2026.

Actualizado: julio de 2026. Contenido revisado con el Manual de Usuario del Módulo de Prescripción MIPRES No PBSUPC (v5.2) del Ministerio de Salud e incluye el proyecto de reforma en discusión.

¿Qué es MIPRES?

MIPRES (de "Mi Prescripción") es el aplicativo web del Ministerio de Salud y Protección Social para el reporte de la prescripción de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC o de servicios complementarios, lo que se conoce como "MIPRES No PBSUPC". En palabras simples: es la herramienta oficial en la que el profesional tratante deja registrada la prescripción de aquello que no está cubierto por el plan financiado con la Unidad de Pago por Capitación (UPC).

Conviene aclarar qué no es MIPRES. No reemplaza la historia clínica ni la factura electrónica en salud: es el reporte de la prescripción No-PBS. La historia clínica sigue siendo el registro de la atención, y la facturación sigue su propio camino. MIPRES es la pieza que documenta, ante el sistema, que un profesional autorizado ordenó una tecnología o un servicio no financiado con la UPC.

La diferencia clave que hay que tener clara es esta:

PBS (financiado con UPC) No-PBS (va por MIPRES)
Tecnologías y servicios financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC). Tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC o servicios complementarios, que se reportan mediante la prescripción en MIPRES.
Se gestionan por el flujo ordinario de atención y facturación. Requieren que el profesional tratante deje la prescripción registrada en el aplicativo MIPRES.

¿Quién prescribe en MIPRES? Roles y actores

No todo el mundo entra a MIPRES a hacer lo mismo. El Manual del Ministerio define varios roles, cada uno con su función:

  • Rol Prescriptor: es el profesional de la salud que ordena la tecnología No-PBS. Incluye a médicos, odontólogos y optómetras. Debe estar activado por su IPS o EPS para poder prescribir.
  • Rol Ordenador: corresponde al profesional de nutrición y dietética, habilitado para ordenar el producto de soporte nutricional.
  • Rol Anulador: permite anular prescripciones y lo gestionan la EPS o la IPS según corresponda.
  • Rol de Admisión: verifica el estado de afiliación del paciente antes de la prescripción.

En cuanto a los actores, la IPS y la EPS o EAPB son quienes validan y activan al profesional dentro del aplicativo, mientras que el profesional tratante es quien efectivamente prescribe y reporta. Un requisito de fondo: el profesional debe estar autorizado y registrado en el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (RETHUS) para poder prescribir.

MIPRES y SISPRO: acceso y ecosistema

Una confusión muy frecuente es tratar "mipres" y "sispro" como si fueran lo mismo. No lo son, aunque están relacionados. MIPRES es un aplicativo del Ministerio de Salud que vive dentro del ecosistema de sistemas de información en salud del país (SISPRO). Al aplicativo se accede con credenciales autorizadas, gestionadas por el propio Ministerio a través de su módulo de administración de usuarios; no es un registro abierto al público.

Para el profesional esto significa que su acceso depende de que la IPS o la EPS lo tengan activado con el rol correspondiente. Si buscas entrar a la plataforma para prescribir o consultar, el camino es el portal oficial del Ministerio de Salud, no una réplica ni un intermediario. Más abajo, en las fuentes, dejamos el enlace al material oficial.

Cómo funciona la prescripción en MIPRES, paso a paso

El flujo de prescripción, según el Manual del Ministerio, se puede resumir en una secuencia clara. Estos son los pasos conceptuales, sin inventar pantallas ni tiempos:

  1. Admisión del paciente: se verifica al paciente y su estado de afiliación antes de prescribir.
  2. Datos iniciales de la prescripción: el prescriptor ingresa la información de base de la prescripción.
  3. Atender las alertas del sistema: el aplicativo puede mostrar alertas que el profesional debe revisar antes de continuar.
  4. Registrar según la categoría: se diligencia la prescripción según sea un medicamento, un procedimiento, un dispositivo médico, un producto de soporte nutricional o un servicio complementario.
  5. Guardar la solicitud: al guardar, el sistema genera el número de solicitud que identifica esa prescripción.
  6. Gestión posterior: después es posible consultar, imprimir o anular la prescripción; luego sigue el direccionamiento y el suministro por parte de la EPS.

En el paso de datos iniciales entra en juego el diagnóstico CIE-10 del paciente, que el profesional ya determinó en la consulta. Tener ese dato a mano y bien codificado evita devolver pasos dentro del flujo.

Qué se prescribe: tecnologías No-PBS

MIPRES no es solo para medicamentos, aunque sea el caso más conocido. Las categorías oficiales que se prescriben en el aplicativo, según el Manual, son:

  • Medicamentos no financiados con recursos de la UPC.
  • Procedimientos.
  • Dispositivos médicos.
  • Producto de soporte nutricional.
  • Servicios complementarios.

El encuadre correcto es importante: se trata de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC o servicios complementarios. No es exacto decir "lo que no cubre la EPS"; lo que define a lo No-PBS es su relación con la financiación por UPC, no una percepción de cobertura.

MIPRES en 2026: la reforma que propone el MinSalud

Aquí conviene ser muy claro para no confundir a nadie: lo que circula sobre MIPRES en 2026 es un proyecto de resolución, un borrador que el Ministerio puso en discusión, y no una norma ya expedida. Por eso lo describimos en condicional y sin fechas de entrada en vigor, porque el texto final puede cambiar.

Según la reseña que hizo ConsultorSalud del proyecto, la propuesta plantearía reorganizar cómo se prescribe, se verifica y se paga lo no financiado con la UPC. Entre los puntos que se han mencionado estarían:

  • Definir períodos de prescripción, por ejemplo una primera prescripción ambulatoria de hasta tres meses y un tratamiento definitivo de hasta doce meses con reevaluación.
  • Proteger la autonomía del prescriptor, de modo que la EPS no elija a los prescriptores ni altere la decisión médica.
  • Exigir requisitos de documentación, como el diagnóstico, el estado clínico y la evidencia que respalda la prescripción, además de estar en el RETHUS y que el paciente esté afiliado.
  • Prever una junta de profesionales para las tecnologías excepcionalmente excluidas.
  • Evitar trasladar cargas administrativas al paciente.

Como es un proyecto en discusión, conviene seguir de cerca la resolución final. Actualizaremos esta guía cuando la norma se expida y se conozca su versión definitiva.

MIPRES, los RIPS y la facturación electrónica

La prescripción No-PBS no vive aislada: se articula con el soporte de la factura. Bajo la Resolución 948 de 2026, la información de la atención se estructura en los RIPS, que son el soporte de la factura electrónica en salud. Cuando lo que ordenaste en MIPRES se traduce después en atención, esa atención debe quedar bien documentada y reportada para que el cobro tenga sustento.

Ahí es donde los códigos importan. Un código CUPS correcto en el procedimiento y un diagnóstico CIE-10 bien puesto son los que hacen que el RIPS quede consistente y no genere rechazos. La prescripción, la historia clínica y el reporte son eslabones de una misma cadena.

Cómo Medifolios apoya tu prescripción y tu historia clínica

Seamos precisos para no crear falsas expectativas: Medifolios no reemplaza MIPRES ni prescribe por ti. La prescripción No-PBS se hace en el aplicativo oficial del Ministerio. Lo que Medifolios hace es lo que está de tu lado del mostrador: llevar la historia clínica electrónica que respalda esa prescripción y ordenar tus RIPS y tu facturación para que lo No-PBS quede bien soportado.

Dicho de otro modo, Medifolios ayuda a que la atención que sustenta tu prescripción quede completa, con su diagnóstico y sus códigos, y a que ese registro fluya hacia el reporte sin doble digitación. Si eres profesional independiente, puedes ver cómo aplica en el software para médicos independientes.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre PBS y No-PBS?

Lo PBS son las tecnologías y servicios financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC). Lo No-PBS son las tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC o los servicios complementarios, y son las que se reportan mediante la prescripción en MIPRES. La diferencia se define por la fuente de financiación, no por una percepción de cobertura.

¿Quién puede prescribir en MIPRES?

El rol prescriptor corresponde a médicos, odontólogos y optómetras, activados por su IPS o EPS. El profesional de nutrición y dietética actúa como rol ordenador para el producto de soporte nutricional. En todos los casos, el profesional debe estar registrado en el RETHUS y autorizado para prescribir.

¿MIPRES es obligatorio para prescribir No-PBS?

MIPRES es el aplicativo oficial del Ministerio de Salud para reportar la prescripción de tecnologías en salud no financiadas con la UPC o de servicios complementarios. Su uso está reglamentado en la normativa vigente, como la Resolución 1885 de 2018, que define el procedimiento de acceso a estas tecnologías. Conviene consultar siempre la versión vigente en la fuente oficial.

¿MIPRES y SISPRO son lo mismo?

No. MIPRES es un aplicativo específico del Ministerio de Salud para el reporte de la prescripción No-PBS, y hace parte del ecosistema de sistemas de información en salud del país (SISPRO). Al aplicativo se accede con credenciales autorizadas gestionadas por el Ministerio; no es un registro abierto.

¿Medifolios se integra con MIPRES?

Medifolios no reemplaza MIPRES: la prescripción No-PBS se realiza en el aplicativo oficial del Ministerio. Lo que hace Medifolios es llevar la historia clínica electrónica que respalda tu prescripción y ordenar tus RIPS y tu facturación para que lo No-PBS quede bien documentado y soportado.

Conclusión

MIPRES es el aplicativo oficial para prescribir y reportar lo No-PBS, y entenderlo bien evita reprocesos y le abre al paciente el acceso a lo que necesita. En esta guía viste qué es, quién prescribe, el flujo paso a paso, qué se prescribe y cómo se conecta con tus RIPS y la facturación bajo la Resolución 948 de 2026, además del proyecto de reforma que el Ministerio propone para 2026 y que conviene seguir de cerca. La prescripción la haces en MIPRES; lo que la respalda, tu historia clínica y tus reportes, es donde Medifolios te ayuda a trabajar en orden. Si quieres verlo aplicado a tu consulta, solicita una demo gratis.

Fuentes oficiales

  • Manual de Usuario - Módulo de Prescripción MIPRES No PBSUPC (v5.2), Ministerio de Salud y Protección Social: Modulo-prescripcion-v5.2.pdf (minsalud.gov.co). Fuente de los roles, las categorías y el flujo de prescripción.
  • Resolución 1885 de 2018, Ministerio de Salud y Protección Social, sobre el procedimiento de acceso a tecnologías en salud no financiadas con la UPC.
  • Contexto de la reforma en discusión: nota de ConsultorSalud sobre el proyecto de resolución del Ministerio (2026). Referencia informativa, no norma vigente.