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La Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) es la entidad de inspección, vigilancia y control del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) en Colombia. Vigila a EPS, IPS, entidades territoriales, prestadores y demás actores del sistema, en aspectos como aseguramiento, prestación de servicios, financiamiento, calidad, protección al usuario y flujo de recursos. Fue creada en la Ley 100 de 1993 y reorganizada por normas posteriores (Ley 1122 de 2007, Decreto 1080 de 2021, entre otras).
Para el prestador, la Supersalud importa en dos frentes: es el canal de PQRS del sistema (donde llegan las quejas de los usuarios cuando la EPS o la IPS no responden) y es la autoridad que puede investigar, sancionar e incluso intervenir a un actor del sistema cuando incumple. Sus circulares también son fuente frecuente de instrucciones operativas para EPS e IPS (por ejemplo, reglas de reporte).
Para el gerente de IPS, la relación con la Supersalud es preventiva: mantener el modelo de atención al usuario, cerrar las PQRS a tiempo, responder los requerimientos, tener el reporte de indicadores al día y sostener las condiciones de habilitación son la base para no aparecer en el radar del regulador. La vigilancia se centra en el sistema como un todo, pero cae sobre casos concretos cuando hay señales de riesgo.
La habilitación de servicios de salud la otorga y verifica la Secretaría de Salud territorial con base en la Resolución 3100 de 2019 modificada por la Resolución 465 de 2025. La Supersalud vigila que quienes están habilitados sostengan las condiciones y que el sistema como un todo funcione. Son roles complementarios: uno habilita, el otro vigila.
La guía madre con el detalle del proceso de habilitación, los estándares y su relación con la vigilancia está en: habilitación de servicios de salud en Colombia.
La Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) es la entidad de inspección, vigilancia y control del Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia. Vigila a EPS, IPS, entidades territoriales y demás actores del sistema, y es el canal donde se centralizan las PQRS del sector cuando el aseguramiento o la atención fallan.
No. La habilitación la otorga y verifica la Secretaría de Salud departamental o distrital con base en la Resolución 3100 de 2019 modificada por la Resolución 465 de 2025. La Supersalud vigila que quienes están habilitados sostengan las condiciones y que el sistema funcione. Son roles complementarios: uno habilita, el otro vigila.
Los canales oficiales de la Supersalud (sitio web, líneas telefónicas, oficinas) están en supersalud.gov.co. La entidad recibe peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias del sector, y activa el trámite con el actor implicado del sistema. Para prestadores, la práctica recomendada es tener un modelo de atención al usuario que resuelva antes de que la queja escale a la Supersalud.
La gestión de PQR en salud en Medifolios ayuda a la IPS a recibir, tramitar y cerrar en tiempo las peticiones, quejas y reclamos, con trazabilidad de cada caso. Para el marco completo de habilitación y vigilancia, la pieza madre habilitación de servicios de salud es el punto de referencia. Demo gratis por WhatsApp.