¿Listo para transformar digitalmente tu práctica médica?
Historia clínica + facturación + agendamiento en la nube
La Resolución 1888 de 2025 establece un plazo máximo de seis meses desde su entrada en vigencia (15 de octubre de 2025) para que todos los prestadores integren sus sistemas. El tiempo de análisis ya pasó.
La Resolución 1888 de 2025 convierte el Resumen Digital de Atención en Salud (RDA) en una obligación para clínicas, hospitales, consultorios, centros médicos y profesionales independientes. El reloj ya arrancó. En Medifolios le explicamos qué exige la norma, cómo inscribirse ante el Ministerio y cómo prepararse paso a paso para cumplir a tiempo.
Documento oficial publicado por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Durante años, la información clínica de los pacientes colombianos ha vivido encerrada en el sistema de cada institución. Un paciente atendido en una ciudad que luego consulta en otra es, para efectos clínicos, un desconocido: sus antecedentes, alergias y tratamientos no viajan con él. A diferencia del reporte de facturación, donde ya se sabe qué son los RIPS y cómo se envían al SGSSS, la historia clínica todavía no se comparte entre prestadores.
La Resolución 1888 de 2025, publicada el 15 de septiembre de 2025, cambia esa realidad al adoptar de manera obligatoria el Resumen Digital de Atención en Salud (RDA) como pieza central de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica (IHCE).
Cada atención en salud deberá generar un documento electrónico estandarizado bajo el estándar internacional HL7 FHIR R4, que se transmitirá a la plataforma nacional del Ministerio para que cualquier profesional autorizado pueda consultarlo desde cualquier punto del país.
| Tipo de RDA | Descripción | Aplica a |
|---|---|---|
| RDA de Paciente | Tras cualquier evento clínico | Todos los prestadores |
| RDA de Hospitalización | Al momento del alta | Servicios de hospitalización |
| RDA de Consulta Externa | Atención ambulatoria | Consultorios y ambulatorios |
| RDA de Urgencias | Atención inmediata | Servicios de urgencias |
15 Oct 2025
6 meses
Abril 2026
El Ministerio valida técnicamente cada RDA mediante el validador VIDA (Validador Individual de Atención): cuando tu RDA cumple todas las reglas, VIDA devuelve una constancia cifrada de recepción y validación. No es un control que se verifica años después.
El mecanismo es concreto, verificable y obligatorio: si el RDA que genera tu software no cumple la estructura y los requisitos de seguridad, tu institución incumple la norma. Por eso, la decisión sobre la tecnología clínica que utiliza es hoy, más que nunca, una decisión estratégica.
El proceso tiene una parte administrativa que hace el prestador (verificar su registro en miseguridadsocial.gov.co, designar un Delegado Administrativo y generar las credenciales ClientID y ClientSecret en el módulo IHCE de hercules.sispro.gov.co) y una parte técnica que corre por cuenta del software (integración con las APIs del Ministerio, mapeo a HL7 FHIR R4 y validación oficial). El Ministerio solo entrega credenciales a prestadores habilitados, no a proveedores de software.
Ver la guía completa de registro y autenticación paso a paso →
En Medifolios no estamos anunciando planes para el futuro.
Medifolios integra tu historia clínica con la plataforma IHCE del Ministerio. El módulo RDA:
Cumples la 1888 sin trabajo técnico de tu lado.
años construyendo tecnología para el sector salud colombiano
instituciones acompañadas
Entendemos la operación real de cada tipo de prestador y adaptamos la implementación a sus ámbitos de atención específicos.
El cumplimiento de la Resolución 1888 no es solo una obligación normativa: es la oportunidad de que su institución forme parte de un sistema de salud verdaderamente conectado, donde la información clínica viaja con el paciente.
La Resolución 1888 no es una recomendación: es una obligación con fecha y con un mecanismo de validación real: el validador VIDA.
En Medifolios estamos listos para acompañarlo en cada paso del camino.
Contáctenos hoy y comience su proceso de inscripción