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Historia clínica + facturación + agendamiento en la nube
La Ley 2015 de 2020 es la ley del Congreso de la República por la cual se crea la historia clínica electrónica interoperable en Colombia. Establece el mandato para que los prestadores del país adopten historia clínica electrónica y para que esas historias puedan intercambiar información entre sí, con las EPS y con las autoridades del sistema, con estándares comunes. Es la base normativa de la IHCE.
La Ley 2015 marca la hoja de ruta del país en historia clínica digital: no es opcional, es obligación. Para el prestador, esto significa que la migración a historia clínica electrónica y la capacidad de intercambio son requisitos que se irán activando por reglamentación del Ministerio de Salud.
Para la IPS, la ley da respaldo jurídico a decisiones de inversión (adopción de HCE, integración con aliados, adecuación técnica para el intercambio) y ordena el ecosistema alrededor de estándares comunes. Para el consultorio independiente, es la razón normativa por la que la historia clínica en papel viene siendo desplazada.
La Ley 2015 dice qué: interoperabilidad de la historia clínica. La Resolución 1888 de 2025 del Ministerio de Salud dice cómo: define el RDA (Resumen Digital de Atención) como primer bloque operativo y adopta el estándar HL7 FHIR para el intercambio. La guía madre con el detalle completo del marco está en: interoperabilidad de la historia clínica en Colombia.
La Ley 2015 de 2020 crea la historia clínica electrónica interoperable en Colombia. Establece el mandato para que los prestadores del país adopten historia clínica electrónica y para que esas historias puedan intercambiar información entre sí, con las EPS y con las autoridades del sistema, con estándares comunes.
Sí. La Ley 2015 establece el mandato de adopción de historia clínica electrónica y de interoperabilidad. La reglamentación específica y el cronograma se han venido definiendo por el Ministerio de Salud a través de resoluciones (Resolución 1888 de 2025 y posteriores), y los prestadores deben adecuarse conforme avance la implementación.
La Ley 2015 de 2020 es la norma general del Congreso: define el marco y el objetivo (historia clínica interoperable). La Resolución 1888 de 2025 es la reglamentación del Ministerio de Salud: aterriza cómo se implementa, con el RDA como primer artefacto operativo y HL7 FHIR como estándar técnico. Se leen juntas.
Medifolios trabaja en procesos de implementación de la Resolución 1888, que reglamenta la Ley 2015, con el estándar HL7 FHIR. La historia clínica electrónica ya está diseñada para el registro estructurado que la interoperabilidad exige. Para el detalle del marco completo, ver la guía madre. Demo gratis por WhatsApp.