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El SISMED (Sistema de Información de Precios de Medicamentos) es el sistema con el que el Estado colombiano hace seguimiento a los precios de los medicamentos, en el marco de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos y del Ministerio de Salud y Protección Social. Si tu IPS, farmacia o servicio farmacéutico compra y vende medicamentos, el reporte al SISMED hace parte de tus obligaciones de información. Y en 2026 esa obligación cambió de forma importante: la Circular 021 de 2026 reemplazó el esquema de reporte que venía funcionando y ahora exige el detalle de cada Factura Electrónica de Venta con su CUFE.
En esta guía, pensada para el facturador, el responsable administrativo, el químico farmacéutico y el gerente de la IPS, verás en lenguaje claro qué es el SISMED, qué cambió con la Circular 021 de 2026, cuáles son los plazos de la transición y cómo se construye y se carga el reporte del Anexo Técnico No. 2 en la plataforma PISIS.
Actualizado: agosto de 2026. Contenido revisado con la Circular 021 de 2026 (Diario Oficial del 09 de junio de 2026) y sus plazos de transición.
Plazos clave. La Circular 021 de 2026 contempla un período de transición hasta el 30 de septiembre de 2026, y las entidades deben presentar los meses de 2026 con las nuevas especificaciones a más tardar el 31 de diciembre de 2026.
El SISMED es el Sistema de Información de Precios de Medicamentos. A través de él, los actores de la cadena del medicamento en Colombia reportan periódicamente información de precios y transacciones, y con esa información la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos y el Ministerio de Salud hacen seguimiento y regulación de precios en el mercado farmacéutico.
Para una IPS o un servicio farmacéutico, el SISMED se traduce en una tarea operativa concreta: construir un archivo con la información de sus compras y ventas de medicamentos, según el anexo técnico que le corresponde, y cargarlo en la plataforma PISIS del Ministerio de Salud dentro de los plazos definidos.
Alcance de esta guía. Este artículo se centra en el reporte del Anexo Técnico No. 2 (Rol 2). El Anexo Técnico No. 1, que corresponde a fabricantes, importadores y titulares de registro sanitario, tiene sus propias reglas y no se cubre aquí.
La Circular 021 de 2026, publicada en el Diario Oficial el 09 de junio de 2026, redefinió la metodología del reporte al SISMED. Los cambios centrales son estos:
El efecto práctico para el facturador y el área de farmacia es directo: el reporte deja de ser un resumen que se armaba al cierre del período y pasa a depender del detalle transaccional de la facturación electrónica. Si la información de ventas de medicamentos no está bien registrada factura a factura, con su CUFE, construir el archivo se vuelve un reproceso manual considerable.
La circular no aplicó el cambio de un día para otro. Definió dos fechas que conviene tener en el calendario del área administrativa:
Es decir, aunque durante la transición se pueda seguir operando con la estructura anterior, los períodos de 2026 deberán quedar presentados bajo el nuevo esquema a más tardar al cierre del año. Dejar la homologación para el último trimestre es arriesgar el cumplimiento.
En el alcance de esta guía, el reporte del Anexo Técnico No. 2 (Rol 2) corresponde a las entidades que compran y venden medicamentos en la cadena, como las IPS y los servicios farmacéuticos, según lo que la propia circular define para cada rol. El flujo operativo es el siguiente:
Un punto que genera confusión y vale la pena dejar claro: el cargue en PISIS es un paso manual de la entidad. El software de gestión puede dejarte el archivo listo, pero la presentación ante el Ministerio la hace la entidad en la plataforma.
El trabajo pesado del nuevo esquema no está en el cargue, está en construir el archivo: cruzar los movimientos de farmacia con las facturas electrónicas de venta, incluir el CUFE de cada una y respetar la estructura del anexo técnico. Ese es el tramo que Medifolios resuelve desde el módulo de inventarios:
Medifolios genera el archivo del reporte SISMED con la nueva estructura del Anexo Técnico No. 2 de la Circular 021 de 2026, tomando la información de los movimientos de inventario y de la facturación electrónica que ya está registrada en el sistema, sin doble digitación. El archivo queda listo para que la entidad lo cargue en PISIS.
Mientras dure el período de transición, Medifolios mantiene disponible la estructura de reporte anterior. La entidad elige con cuál esquema construir el reporte de cada período, según el momento de la transición en que se encuentre.
Como la dispensación descuenta el inventario y la venta queda en la facturación electrónica con su CUFE, el reporte SISMED se construye desde datos que ya existen en el sistema. Es la misma lógica con la que Medifolios genera otros reportes obligatorios desde el registro operativo, como los RIPS: registrar bien una sola vez y reportar desde ahí.
Con Medifolios generas el archivo del Anexo Técnico No. 2 de la Circular 021 de 2026 desde tu inventario y tu facturación, listo para cargar en PISIS, y conservas la estructura anterior mientras dura la transición.
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La Circular 021 de 2026 (Diario Oficial del 09 de junio de 2026) derogó las Circulares 06 de 2018 y 17 de 2023 y cambió la metodología del reporte: antes bastaba con informar el precio mínimo y máximo del período, ahora hay que reportar el detalle de cada Factura Electrónica de Venta con su CUFE, y la nueva estructura unifica los precios de compra y venta junto con los totales de ventas y compras.
El período de transición va hasta el 30 de septiembre de 2026. Además, las entidades deben presentar los meses de 2026 con las nuevas especificaciones de la circular a más tardar el 31 de diciembre de 2026.
Reportan los actores de la cadena del medicamento según el rol que les asigna la circular. En el caso del Anexo Técnico No. 2 (Rol 2), que aplica a entidades que compran y venden medicamentos como IPS y servicios farmacéuticos, la entidad construye el archivo con la estructura del anexo y lo carga manualmente en la plataforma PISIS del Ministerio de Salud con sus propias credenciales.
La Circular 021 de 2026 convirtió el reporte SISMED en un reporte transaccional: ya no se informa un resumen de precios del período, se informa cada Factura Electrónica de Venta con su CUFE bajo la estructura del Anexo Técnico No. 2. Con una transición que cierra el 30 de septiembre de 2026 y la obligación de presentar los meses de 2026 bajo el nuevo esquema a más tardar el 31 de diciembre de 2026, la clave está en no dejar la homologación para el final: registrar bien el inventario y la facturación desde ahora, y generar el archivo desde el sistema en lugar de armarlo a mano. Si quieres ver cómo queda ese flujo en tu IPS o servicio farmacéutico, revisa el módulo de inventarios de Medifolios.